Resumen: Juicio ante el Tribunal del Jurado. Delito continuado de malversación de caudales públicos. Delito continuado de exacciones ilegales. Delito continuado de falsedad documental. El acusado era funcionario público destinado en la Oficina de Expedición del DNI, cobrando a los ciudadanos la tasa en metálico, a pesar de que en algunos casos la citada tasa es gratuita. Motivación fáctica de una Sentencia de Jurado. Derecho a la presunción de inocencia. Delito de falsedad al pulsar en la aplicación informática una tecla diferente a la que correspondía, a fin de cobrar la tasa. Concurso medial. Exacciones ilegales. Atenuante de reparación del daño.
Resumen: Juicio ante el Tribunal del Jurado. Delito continuado de malversación de caudales públicos. Miembros de una Junta Vecinal que realizaron reintegros de las cuentas de la Junta sin justificación y soporte documental. Los caudales han de estar a cargo del funcionario público por razón de sus funciones. El tipo no exige el lucro personal del sustractor, bastando su actuación con ánimo de cualquier beneficio, incluso no patrimonial. Derecho a la presunción de inocencia. Carga de la prueba de los hechos impeditivos, corresponde al acusado. Atenuante de reparación del daño, la misma ha de producirse en cualquier momento del procedimiento, pero siempre con anterioridad a la celebración del juicio oral. Alegación de atenuantes por vía de informe, no es correcta, pues han de hacerse en las conclusiones definitivas. Dilaciones indebidas.
Resumen: Derecho a la tutela judicial efectiva no vulnerado. Tiene por objeto la investigación del concierto llevado a cabo por un alcalde con técnicos del Ayuntamiento, y empresarios investigados, dirigidas a enriquecerse fraudulentamente por el abuso de la función pública que ejercían. La resolución recurrida omite una de las operaciones indiciariamente fraudulentas. La resolución recurrida, además, no efectúa valoración alguna acerca de la insuficiencia de los indicios, sin llevar a cabo una valoración adecuada de las diligencias de investigación practicadas en su conjunto. Faltan la práctica de determinadas diligencias de investigación. La resolución recurrida no efectúa alusión alguna a la supuesta prescripción de cualesquiera de los delitos por los que se inició la investigación.
Resumen: Para condenar en costas a la acusación particular no es suficiente la disparidad entre la posición del Ministerio Fiscal y la acusación particular. Lo importante es acreditar que la acusación conocía la inconsistencia o lo infundado de su pretensión, sosteniéndola a pesar de ello. O que ocultó datos relevantes que tenía a su disposición o alcance. Para acordar la condena en costas al acusador particular, resulta necesario individualizar en el acusador privado una intención final de instrumentar torticeramente el proceso penal al servicio de finalidades espurias o alejadas de las que le son propias. En este sentido, adquirirán especial relevancia como "marcadores" indiciarios de una conducta procesal tendencialmente temeraria, la afirmación de hechos inciertos o falsos dirigidos a confundir al juzgador, la correlativa ocultación de hechos relevantes o la no aportación de medios de prueba de los que disponga que pudieran favorecer a la persona contra la que se dirige la acción penal. La temeridad o la mala fe no se pueden identificar con el sostenimiento de una acusación que luego es considerada como no avalada por prueba suficiente. Lo decisivo es si la acusación, sabiendo que su pretensión carecía de apoyo probatorio suficiente, ocultó de alguna forma esa realidad con la finalidad de que aquellos órganos recibieran una impresión no correspondiente con ella, sometiendo al acusado de manera fraudulenta a una situación procesal no justificada. Tal cosa no ha quedado demostrada.
Resumen: Planteamiento de cuestiones previas. Legitimación del Ayuntamiento para ejercer la acusación particular. La falta de Acuerdo por parte del Ayuntamiento es un defecto subsanable. Legitimación de la acusación popular. Contratación por parte de un Ayuntamiento de una empresa cuyos responsables, puestos de acuerdo con responsables municipales, emitieron facturas que contenían precios desproporcionados y conceptos inexistentes para así obtener ilícitamente importantes cantidades de dinero a costa del erario municipal. Delito continuado de falsedad en documento mercantil. Concepto de documento mercantil, incluye las facturas. No es un delito de propia mano, bastando el dominio funcional del hecho. Participación como cómplice de uno de los acusados. Diferencia entre delito continuado y unidad natural de acción en el supuesto de falsedad documental. Concurso medial. Delito de malversación de caudales públicos. Elementos de este delito. Son caudales públicos los que integran el patrimonio de sociedades mercantiles participadas por la Administración. No es procedente aplicar el delito continuado y al mismo tiempo aplicar el subtipo agravado de especial gravedad. Exclusión del delito de cohecho. Contratación de familiares, que no consta que fuera a cambio de la realización de las facturas falsas. Absolución del delito de prevaricación. Características de este delito. Diferencia con la ilegalidad administrativa. Aenuantes de reparación del daño y de confesión tardía.
Resumen: Condena por delito de prevaricación y falsedad documental. Se describen los hechos consistentes en el diseño de un plan orquestado dentro y en el entorno del Ayuntamiento de Marbella para conseguir aprobar una permuta de dos bienes, por la que el Ayuntamiento recibe un bien sobrevalorado y este entrega un bien infravalorado, para satisfacer los intereses particulares de dos personas y con claro perjuicio del Ayuntamiento. Se articula el procedimiento para la adjudicación injusta de los bienes por la permuta a sabiendas de su injusticia. Determinación para ejecución de sentencia del real perjuicio municipal. Principio acusatorio. Uso de la vía del art. 788.4 LECRIM ante la modificación de las conclusiones definitivas por el Fiscal. Presunción de inocencia.
Resumen: Se absuelve a los recurrentes del delito de prevaricación administrativa y se les condena por sendos delitos de negociaciones prohibidas, fraude a la Administración y falsedad documental. Uno de los recurrentes, arquitecto técnico del Ayuntamiento, encargado de la contratación de las denominadas obras menores como Jefe del Centro de Mantenimiento otorgaba los contratos a empresas con vínculos con él, algunas de ellas dirigidas por parientes suyos. Se impugna por el Ayuntamiento la apreciación de concurso de normas entre el delito de fraude a la Administración y el de negociaciones prohibidas. Se estima el motivo. Dos modalidades delictivas distintas en los hechos probados: adjudicación por un lado de contratos, quebrantando el principio de incompatibilidad y la introducción de sobrecostes para aumentar el coste de la obra. Concurso de normas: cuándo se produce. Derecho a un proceso debido: diligencias probatorias no practicadas. Igualdad de armas en la práctica de la prueba. Presunción de inocencia: alcance de estudio en casación. Irretroactividad de las leyes penales en delitos continuados. Prevaricación administrativa: innecesariedad de la identificación previa de una norma administrativa. Imparcialidad de los peritos. Diferencia en las penas impuestas. Concurso de delitos entre el fraude a la Administración y la malversación. Responsabilidad civil. Costas procesales: inclusión de las de la acusación particular. Cooperador necesario. Dilaciones indebidas.
Resumen: Denuncia presentada contra el alcalde y el presidente de una Junta Vecinal, por posibles delito de prevaricación y malversación de caudales públicos, por no haber ejercitado acciones contra un tercero en reclamación de unos terrenos que el denunciante considera que son de la propiedad de la Junta Vecinal y que han sido ocupados indebidamente. Sobreseimiento provisional de las actuaciones. Elementos configuradores del delito de prevaricación administrativa. No procede la criminalización de cualquier comportamiento poco cuidadoso en el ámbito administrativo. No se considera que la actuación llevada a cabo haya implicado la pérdida de un bien patrimonial para la Junta Vecinal, no apareciendo que se tratara de una ocupación indebida de la finca litigiosa.
Resumen: Auto de transformación de las Diligencias Previas en Procedimiento Abreviado, que se dirige contra el Alcalde de un ayuntamiento, por posibles delito de prevaricación por autoridad en el ejercicio de sus funciones, de fraude a la Administración en la contratación pública, o de un delito de malversación de caudales públicos, acordándose también la investigación respecto del Secretario del Ayuntamiento. Para que proceda la terminación de la fase de instrucción del procedimiento abreviado, ha de valorarse sí concurre la presunta tipicidad de los hechos justiciables, y si existen suficientes indicios objetivos y subjetivos de los mismos. Supuestos en los que procede el sobreseimiento de las actuaciones. Adjudicación de unas obras a una clínica que era propiedad del alcalde y de su esposa.
Resumen: Acusación por delito continuado de infidelidad en la custodia de documento público u oficial cometido por funcionario público, de prevaricación y de malversación de caudales públicos, y por un delito contable. El acusado era el gerente del Patronato del Festival de Teatro Clásico en el Teatro Romano de Mérida. Principio de "non bis in ídem". Delimitación del objeto del proceso penal; correlación entre el Auto de Transformación y los escritos de acusación. El acusado eludió el control financiero de la Intervención de la Junta de Extremadura, no proporcionando la documentación que le era requerida. Todo gerente, como gestor de fondos públicos, está obligado a rendir cuentas. Suscripción de contratos sin seguir procedimiento de contratación administrativa alguno. Pagos y disposiciones efectuados sin que se correspondieran a servicios prestados al Patronato. Ley penal en el tiempo; determinación de la ley más favorable. Concepto de funcionario público. Prescripción de los delitos, interrupción de la prescripción. La falta absoluta de colaboración con la Intervención, no constituye el delito de infidelidad en la custodia de documentos, siendo un auto encubrimiento impune. Delito contable, no lo constituye la no elaboración ni presentación de cuentas para su aprobación. Diferencia entre la coautoría y la complicidad. Dilaciones indebidas. Principio acusatorio; imposición de penas superiores a las solicitadas por las acusaciones. Cosa juzgada en el ámbito civil.